En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la representación Judicial de la parte demandante; SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN proferida por el Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de fecha ocho (08) del mes de Agosto del año dos mil once (2011), TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. CUARTO: REMITASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción .....