En virtud de lo antes expresado este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por la presunta comisión del delito de daños a la propiedad , previsto en el artículo 473 del Código penal en perjuicio dexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de conformidad con los artículos 318 ordinales 3 y 48 ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes a las partes de la presente decisión. Se acuerda remitir las presentes actuaciones mediante oficio a archivo central a los fines de su resguardo, custodia y cuido, en espera de las resultas de las boletas de notificación libradas a las partes. Cúmplase. Así se decide en Cumaná, .....