Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y estando dentro del lapso procesal debido, declara:
Primero: Procedente la Apelación ejercida por el Apoderado-Actor José Miguel Aguilera Rivas, de fecha 23 de septiembre de 2009.
Segundo: Se ordena al Juzgado de Municipio del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en Carúpano, ADMITIR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL incoada ante esa Instancia por el ciudadano MEDINA QUIJADA, Jesús Rafael, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.062.314, Representado Judicialmente por el abogado en ejercicio José Miguel Aguilera Rivas, Matrícula IPSA Nº 26.935, contra.....