Declara Improcedente la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad presentada por la Dra. Susana Boada de Martínez en su carácter de Defensora Pública Penal de los imputados: Jorge Antonio García y Orangel José Milano por cuanto en vista que este juzgador fijó la audiencia preliminar y está próxima a celebrarse el día: 18-11-05, a las 2:00 Pm, es en la oportunidad establecida en el ordinal 5to del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, cuando el juez que preside este recinto judicial resolverá sobre la solicitud planteada. Líbrese Boleta de Notificación a la Defensora Pública Penal, Dra. Susana Boada de Martínez y a la Fiscal Séptima del Ministerio Público.