DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, constituido en Tribunal Mixto, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley por UNANIMIDAD ABSUELVE al acusado: LUIS RAMON CAMPOS ORTIZ., venezolano, de 38 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.636.565, residenciado en la urbanización Brasil, Sector N° 1°, vereda N° 60., casa N° 10, de esta ciudad, por la comisión del delito de: “HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION” previsto y sancionado en el artículo 454 Ord. 1° del Código Penal, en concordancia a lo establecido en el articulo 82 Ejusdem y las Agravantes Genéricas previstas en los Numerales 12 y 16 del articulo 77 del referido Código, en perjuicio del Ministerio Publico concretamente La Oficina de Atención a la Victima, por lo que de conformidad a lo establecido en el articulo 36.....