Siendo así, y evidenciándose de los autos que en fecha 26 de Septiembre del 2.019, el codemandado YSMAEL QUIJADA, fue citado personalmente y los codemandados YSMARA QUIJADA y EVANGELISTA LA ROSA, fueron citadas personalmente en fechas 07 y 08 de Octubre del 2.019, respectivamente y la codemandada YSMARLI QUIJADA, fue citada en fecha 26 de Mayo del 2.021, tal como consta al folio 41 de la segunda pieza del expediente, sin que se haya
practicado la citación del ciudadano ELVIS ERNESTO VEGAS, a quien se le libró cartel de citación de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, y a pesar de dicha publicación fue consignada a los autos en fecha 09 de Julio del 2.021, la parte actora no ha comparecido a dar impulso al cumplimiento a la última formalidad a la que se refiere el articulo en referencia, y por cuanto han transcurrido más de 60 días entre las citaciones de los ciudadanos: YSMAEL QUIJADA, YSMARA QUIJADA, EVANGELISTA .....