En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL incoada por el ciudadano, JOSE FRANCISCO VILLAFRANCA HERRERA venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número V-9.981.305, respectivamente, asistido por la abogada en ejercicio YULMAYN J. GALANTON DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 66.570. Asimismo se declara terminada la presente causa y se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial del Estado Sucre.- Archívese el expedien.....