Por todos los Razonamientos de Hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, administrando justicia, En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta, la Extinción de la pena de DIEZ (10) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, que le fuera impuesta al ciudadano JOSÉ GREGORIO MATA ROJAS, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 11.441.967, de profesión u oficio Albañil, mayor de edad, nacido en fecha 01-11-1973, hijo de Carmelo Mata y Celestina Rojas, Domiciliado Canchunchu Viejo, Calle Ayacucho, casa Nº 192, cerca de la Iglesia, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánico sobre el Derecho a la Mujer a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de GINGER YURDAINA ROSAS MATA, por haber oper.....