REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUTIOJUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION

Carúpano, 28 de septiembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-002160
ASUNTO: RP11-P-2009-002160


Recibido como ha sido Oficio Nº 598, de fecha 25 de los corrientes, suscrito por el MAY. Jesús Alberto Salcedo Acosta, Comandante del Destacamento Nº 532, del Guardia Nacional Bolivariana, mediante el cual remite anexas actuaciones relacionadas con la aprehensión por parte de funcionarios adscritos a dicho ente, del penado Pedro Roberto Bravo Fermín, venezolano, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, nacido en fecha 25-07-1985, titular de la cédula de identidad Nº 22.922.516, de oficio Albañil, hijo de Beatriz Fermín y Jhonny Bravo, y domiciliado en la Calle Santa rosa, Casa Nº 19, cerca de CANTV, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, quien aparece requerido por este Tribunal, según oficio Nº RL11OFO2013000506, de fecha 18 de Febrero de 2013, en el asunto principal RP11-R-2012-000036, quien en los actuales momentos encuentra detenido en la comandancia de policía de esta ciudad, a la orden de este tribunal; Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos: De la revisión de la causa se evidencia, que este Tribunal le dicto en fecha 18 de Febrero de 2013, Orden de Aprehensión, ello en virtud de la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante la cual se ordena que se mantenga la Medida Judicial Preventiva de Privación de Libertad contra el ciudadano: Pedro Roberto Bravo Fermín, librando oficio Nº RL11OFO2013000506, de fecha 18 de Febrero de 2013, dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Igualmente se evidencia, que una vez materializada la aprehensión se reanudo el proceso y en 22 de Enero de 2015, se acordó a favor del referido penado la Formula Alternativa de Cumpliendo Pena de Destacamento de Trabajo, por lo que al producirse la captura del referido penado por materialización de la orden de Captura a su nombre librada mediante oficio RL11OFO2013000506, de fecha 18 de Febrero de 2013, dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y cargada al sistema SIPOL, dicha captura resulta violatoria de sus derechos, razón por la cual este Tribunal ordena la Inmediata Libertad del ciudadano Pedro Roberto Bravo Fermín, venezolano, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, nacido en fecha 25-07-1985, titular de la cédula de identidad Nº 22.922.516, de oficio Albañil, hijo de Beatriz Fermín y Jhonny Bravo, y domiciliado en la Calle Santa rosa, Casa Nº 19, cerca de CANTV, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, y la Desincorporación del sistema SIPOL de las orden de Captura librada en su contra mediante oficio RL11OFO2013000506, de fecha 18 de Febrero de 2013, dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Líbrense boleta de Libertad y Mediante oficio remítase a La Comandancia de Policía de esta ciudad. Líbrese oficios ordenando la desincorporación del sistema sipol y remítase en su oportunidad al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, sub delegación Estadal Carúpano y al Asesor Jurídico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, acompañado de copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION
SECRETARIA JUDICIAL
ABG. JESÚS EDUARDO GARCÍA
ABG. CARMEN ESPINOZA