En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 5, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JUAN GABRIEL RUIZ CALDEA, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 18.788.064 y residenciado en: San Martín, Sector las Acacias, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de YVAN CARLOS GARCIA; quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 14.612.862 y residenciado en: San Martín, Sector las Acacias, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49, .....