este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Ratifica las Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el Órgano Receptor, y solicitadas por la Fiscal del Ministerio Público, a saber, las establecidas en el artículo 87, numerales 3, 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a favor de la Ciudadana MILAGROS SALAZAR quien figura como víctima en la presente causa, seguida en contra del ciudadano WILMAN JESUS GASPAR MARTINEZ Venezolano, titular de la cedula nº 5698918, estado civil: casado, oficio profesor, residenciado Urb. gran mariscal edif. 310, piso 3 apartamento 31 estado sucre; por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MILAGROS SALAZAR; de las establecida.....