Este Tribunal de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ejecutó la mencionada decisión en contra de XXXXXXXXXX, mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida contenida en los artículos 624 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por SEIS (6) MESES, cuya sanción consistirá en realización de cursos de su interés que coadyuven a adquirir alguna destreza a los fines de su superación personal, o en caso de estar realizando actividad laboral consignar ante el Juzgado de Ejecución la correspondiente constancia de trabajo actualizada, sanción esta que se le impuso por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en los artículo 278 del Código Penal Vigente, en concordancia con el 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano, de conform.....