Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 30 de Junio de 2015, por el Tribunal Primero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a EDUARDO RAMON GONZALEZ QUEZADA venezolano, natural Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Carúpano, de 35 años de edad, nacido 13/10/1979, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Número V.- 14.717.513 de Oficio: albañil, hijo de Oswaldo González y Celeste Aida González, domiciliado en el Río Caribe, Sector Chamberi, casa Nº 15, cerca de la bodega del señor Isidro, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre y MIGUEL ALFREDO ACUÑA VILLARROEL, venezolano, natural Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, de 41 años de edad, nacido en fecha 15/.....