Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE con sede en la Ciudad de Cumaná, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra del acta de fecha veintiséis (26) de Mayo del año 2014, dictada por el Tribunal Tercero de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión apelada.
TERCERO: Se REPONE LA CAUSA al estado de que el juicio continúe en la primera instancia en la fase procesal en que se encontraba el 23 de Mayo de 2014.
CUARTO: No se condena al pago de costas procesales del presente recurso de apelación a la parte demandada, en virtud de la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA CERTIFICADA POR SECRETARÍA DEL PRESENTE FALL.....