este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano: Richard José González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.908.502, nacido en fecha 25-05-1971, de profesión u oficio comerciante, y domiciliado en la Calle Anzoátegui, Casa N° 46, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano Domenico Muscolino, en virtud de haber operado la Extinción de la Acción Penal, por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de Suspensión Condicional del Proceso, todo.....