DISPOSITIVA:
Por todas las razones de Hecho y de Derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO, con las siguientes Características: Marca: Ford Modelo Fiesta, Año 2006, Color Plata. Placa: GCV25U, SERIAL de Carrocería. 8YPZF16N168N168A44092, SERIAL DEL MOTOR: 6A44092, Clase Automóvil, Tipo Sedan se Uso Particular. Propiedad del Ciudadano: EDUARDO JOSE BELLORIN, Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez Quinto de Control.
Abg. Ysmenia Fernández H