Siendo así, este Juzgado procede a fijar los límites de la controversia lo cual hace en los términos siguientes:
Queda circunscrito al debate procesal.
1) La posesión ejercida por el demandante ciudadano JOAQUIN BRITO TINEO, titular de la Cédula de Identidad N° 1.462.943, donde expone que en el año 1.997 el INSTITUTO AGRARIO NACIONAL (I.A.N), en Resolución numero 4181, Sesión N° 38-97, de fecha 10 de Octubre de 1.997, le otorgó un título Definitivo Oneroso de un lote de terreno ubicado en el asentamiento campesino Casanay-Puerto Chacaracual, con una extensión de Veinticinco Hectáreas (25 has), incrementada a Treinta y Ocho Hectáreas (38 Has.), alinderada así: Norte: Predio SB-37 Arsenio José Rojas Sur: Predio RC-15 Luis Valerio Aguilera, LT-02 Josefina Brito con Vía de por medio; Este: Predio LT-01 Sucesión González; Oeste: Predio Rc-15 Luis Valerio Aguilera T SB-37 Arsenio José Rojas, dicha parcela formaba parte de una de mayor extensión perteneciente al prenombrad.....