ADMITIR totalmente la Acusación fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal "A", en relación con el artículo 579, literal "B", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,. SEGUNDO: Se acuerda con lugar el sobreseimiento definitivo solicitado por la representación fiscal al adolescente "Omisis", antes identificado, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado y Lesiones personales Leves previstos y sancionados en los artículos 458 y 416 del Código Penal, en perjuicio de Antonio Marcelino Quijada Zapata de conformidad con el artículo 561 literal d de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 318 ordinal 1° del Código Penal ya que el adolescente no tuvo participación en dichos hechos, pues fueron dos los co-autores y la descripción de los mismos no encuadra en la apariencia física de éste adolescente TERCERO: Se sanciona conforme al Procedimiento por Admisión de los Hech.....