Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano ISAIAS RAMON BOADA BRAVO, contra NUNCIO DE SIMONE, en su carácter de propietario de la BARBERIA ITALIA ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte actora en el presente juicio.
Regístrese. Publíquese. Déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Veintiocho (28) días del mes de Abril del año dos mil cinco (2005) Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación
La Juez Temporal,
Abg. EDDA PEREZ ALCALA.
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