Por todos los razonamientos legales antes expuestos y de conformidad con las disposiciones legales antes citadas y con el objeto de mantener un equilibrio procesal de derecho y de Justicia Social, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendí del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, acuerda PROCEDER COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA la presente causa.
En consecuencia, se declara CON LUGAR, la demanda que por concepto de COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria), ha incoado el ciudadano CARLOS JAVIER TINEO, actuando en su condición de Endosatario en Procuración, en contra de la ciudadana EVELYN ROSAL NORIEGA, por lo tanto, téngase al decreto intimatorio dictado en el .....