este Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, CONDENA por Admisión de los Hechos al acusado ARQUÍMEDES RAFAEL MILLÁN, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.222.955, natural de Cumaná; soltero, de 43 años de edad, de oficio obrero hijo de Eleuterio Sifontes y Luisa Millán, residenciado en Nurucual, Sector la Seiba, casa s/n, como a 50 metros de la Seiba, Municipio Sucre, Estado Sucre, teléfono 4267839443, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 277, del Código Penal en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley de Armas y Explosivos en perjuicio del Estado Venezolano. Se ordena expedir por secretaría las copias solicitadas por las partes, debiendo estas realizar las gestiones relacionadas con su reproducción fotostática. Remítanse las actuaciones a la Unidad de Juec.....