DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por las partes en el presente procedimiento y considera la causa pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, el obligado se compromete a suministrarle a sus hijas OMISIS, el veinte por ciento (20%) de sus ingresos mensuales, incluyendo todos los bonos, tales como vacacional y aguinaldos entre otros, los cuales entregara quincenalmente a la progenitora, ciudadana MARYORIS MILAGROS MOYA MALAVE, informando a su vez que después de transcurridos cinco (05) días seguidos de la quincena y no ha cumplido, salvo caso fortuito o fuerza mayor, autorizo a este tribunal se le descuente por.....