Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sala Especial, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MILEINE JOSEFINA GUACUTO RIOS, Defensora Pública Primera en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano; en su carácter de defensora de la Adolescente O. del V. M. V. (identidad omitida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 de la L. O. P. N. N. A.), en contra de la decisión dictada en fecha dos (02) de septiembre de dos mil quince (2015), por el Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Extensión Carúpano; mediante la cual decretó DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de la referida adolescente, por encontrarse presunt.....