DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho, antes expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Culpable y en consecuencia SANCIONA al adolescente OMISSIS, quien es venezolano, de 17 años de edad, estado civil: soltero, de profesión u oficio indefinida nacido en fecha: 29-04-1993, identificado con la cédula de identidad Nº 20.565.059, hijo de Carmen Yaneth Mata y Félix Romero, residenciado en: la Urb. Guayacán, calle Principal, casa N° 17, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; a cumplir LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES; conforme a lo establecido en el artículo 620 literal "F" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en virtud de haber reco.....