En virtud de los fundamentos que anteceden, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado JOSÉ MANUEL NÚÑEZ LAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.184.145, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 26.933, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana RAIZA MARICET BOMPART ROJAS; en contra del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en virtud de la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de febrero de dos mil diecisiete (2017), por considerar vulnerados los Derechos y Garantías Constitucionales referentes al Debido Proceso, Derecho a la Defensa, e igualdad entre las partes. SEGUNDO: SE ORDENA el restab.....