este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la pretensión MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE UNION CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana MIRIAM JOSEFINA CUMARE, portadora de la cédula de identidad N° V- 4.687.648, asistida por el abogado en ejercicio JOSE AZOCAR RAMOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 83.936, contra los ciudadanos CARLOS ANTONIO BOADA CUMARE, LUIS RAFAEL BOADA CUMARE, JULIO CÉSAR BOADA CUMARE y JOSÉ ÁNGEL BOADA CUMARE, portadores de las cédulas de identidad Nros. 10.951.350; 14.499.700; 14.499.120 y 16.701.783, en ese mismo orden. Así se decide. SEGUNDO: Que la ciudadana MIRIAM JOSEFINA CUMARE, titular de la cédula de identidad N° V-4.687.648, fue concubina del hoy causante ELEUTERIO BOADA, quien fuera titular de la cédula.....