Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por REVISION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana ALEJANDRA ISABEL MARIN BLANCO, titular de la cedula de identidad n°:18.416.425, domiciliada en el parcelamiento Miranda, sector G, calle el Parque, quinta Partrirros, s/n, Cumana, Estado Sucre, asistida por la Abg. MARIA RAMOS ipsa n° 124.986, en contra del ciudadano RAFAEL ANGEL PEREDA VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad N°:14.661.693 y domiciliado en la urb. Villa Venecia, edf. Taguanes 2, apto 1-A, Cumana, Estado Sucre en consecuencia se fijan los montos y conceptos