este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, LIBERTAD SIN RESTRICIONES, a favor del ciudadano JESÚS FRANCISCO CARABALLO, venezolano, mayor de edad, natural de Carúpano, soltero, de 39 años de edad, nacido en fecha 23/04/1971, titular de Cédula de Identidad Nº 11.436.008, de profesión u oficio: Ingeniero Civil, hijo de Miguelina Caraballo y Santos Vargas, domiciliado en la segunda calle del Lirio casa Nº 96, de numero de teléfono 0294-331-84-46 y 0416-099-33-21; por ausencia de elementos de convicción en su contra, en la presunta comisión del delito de ALTERACION DE SERIALES, previsto y sancionado en el artículo 08 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de El Estado Venezolano. Se decreta la flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario toda vez que así lo solicitó el representante del.....