decreta la DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del adolescente XXXXXX; de la investigación que se le inicio por la presunta participación en un delito Contra las Personas, cometido en perjuicio de XXXXX. Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, a los fines que continúe con las investigaciones. Se acuerda proseguir la causa por el procedimiento ordinario. Se ordena librar boleta de Detención a la policía Estadal y siempre que se mantenga separado de la población adulta de acuerdo al articulo 641 de la LOPNNA. De igual forma se acuerda notificar a la Defensora Pública Abg. Beatriz Plánez de que en la presente causa fue designado como Abogado de confianza al Abg. Ulises Bello. Se ordena librar oficio al CICPC a los fines que desincorporen del Sistema de solicitado que lleva ese órgano. Líbrese oficio al SAHUAPA a los fines de que sea examinado el imputado de autos de igual forma líbrese boleta de traslado para el lunes 30-03.....