Por todo lo expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para los imputados: Radel Ramón Rodríguez Campos, venezolano, de 28 años de edad, nacido en Carúpano, en fecha 12-04-77, cédula de identidad V14.064.602, obrero, hijo de Petra Rodríguez y Ramón Rodríguez, domiciliado en Campo Ajuro, sector Los Almendrones, casa s/n y Roy José Martínez Rodríguez, venezolano, de 18 años de edad, nacido en Carúpano, en fecha 18-07-1987, cédula de Identidad V 18.591.779, obrero, hijo de Trinidad Rodríguez y Nicomedes Martínez, domiciliado en Campo Ajuro, sector Los Almendrones, casa s/n, por el delito de Porte ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal. Todo en conformidad con el artículo 256 ordinal 3 ° del Código Orgánico Procesal Penal. R.....