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| Decisiones del dia 28/02/2005 |
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| N° Expediente :
RP11-P-2005-000368
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/02/2005 |
Procedimiento: Medida Cautelar Sustitutiva |
Partes: JOHAN JOSÉ GONZALEZ VS. MARELYS DELFINA HERNANDEZ |
Resumen:
es por lo que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 256 ordinal 3 Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD, al ciudadano JOHAN JOSÉ GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.256.063, nacido en fecha; 16-04-78, de 26 años de edad, obrero, soltero, residenciado en la Calle Principal, del Caserío Cariaquito, Municipio Andrés Mata, Estado Sucre. de presentación cada 30 días por ante la Prefectura de San José de Aerocuar del Municipio Andrés Mata por el lapso de 6 meses, y así se decide. Con respecto a la forma flagrante de la detención del imputado la misma se constata ya que efectivamente el imputado fué capturado a poco de haber cometido el hecho y perseguido por los funcionarios policiales, todo de conformidad con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal e igualmente se seguirá por el procedimiento ordinario. Se Libró el.....
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Juez/Ponente:
Lourdes Salazar
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control
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| N° Expediente :
RP11-P-2005-000368
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/02/2005 |
Procedimiento: Medidas Cautelares Sustitutivas De Libertad |
Partes: JOHNA JOSÉ GONZÁLEZ VS. MARELYS DELFINA HERNÁNDEZ |
Resumen:
es por lo que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 256 ordinal 3 Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD, al ciudadano JOHAN JOSÉ GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.256.063, nacido en fecha; 16-04-78, de 26 años de edad, obrero, soltero, residenciado en la Calle Principal, del Caserío Cariaquito, Municipio Andrés Mata, Estado Sucre. de presentación cada 30 días por ante la Prefectura de San José de Aerocuar del Municipio Andrés Mata por el lapso de 6 meses, y así se decide. Con respecto a la forma flagrante de la detención del imputado la misma se constata ya que efectivamente el imputado fué capturado a poco de haber cometido el hecho y perseguido por los funcionarios policiales, todo de conformidad con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal e igualmente se seguirá por el procedimiento ordinario.
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Juez/Ponente:
Lourdes Salazar
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control
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