DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. La libertad del imputado de autos, se materializa desde la sala de audiencias. La presente decisión, tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 557 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese boleta de libertad. Se acuerda que se continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario; se acuerda remitir copia certificada de la presente acta, al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines que se tomen las medidas legales pertinentes, de acuerdo al caso, e igualmente, para que sean agregadas al expediente N° K-13-0174-000115 (nomenclatura interna del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el cual fue remitido, en virtud de encontrarse involucrado en el presente hecho, el niñoxx.....