el Tribunal, previa solicitud de la parte actora declara Judicialmente Amparado en la Posesión el inmueble donde se encuentra constituido, que es objeto de la presente medida y cuya ubicación, medidas, linderos y coordenadas se encuentran plenamente descritas en la presente acta.- Seguidamente el Tribunal pone en posesión del referido inmueble a la parte actora, en la persona de su apoderado judicial, Abogado Ricardo Marín ]Indriago, antes identificado; ordenando cambiar los candados que dan seguridad al portón que da acceso al inmueble; entregando las llaves de los nuevos candados al antes identificado apoderado judicial del demandante.-