En el día de hoy veintiocho (28) de Enero del año dos mil nueve (2.009), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.); se trasladó el Tribunal, conformado por la Dra. Yrma Figuera de Rivera, en su condición de Juez Titular Ejecutora de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre y el Abg. Omar Quijada Zapata, Secretario del mismo; en compañía del Abogado en Ejercicio Ricardo Marín Indriago, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 7.047 y de la Comisión de la Guardia Nacional conformada por el Ste. Useche Sandoval, C. I. 15.245.926; SM/1° Oswaldo Prado Velásquez, C. I. 9.901.168; SN/2° Aguilera Guerra José Luis, C. I. 11.441.578; SM/2° Wilfredo Salazar, C. I. 6.959.287; SM/3° Argenis Itanare, C. I. 8.256.374; S/2° Aular Garrido, C. I. 18.345.203 y S/A Carreño Lezama Anibal, C. I. 6.178.372; Constituyéndose, siendo las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 am), en el Sector denominado Canchunchú, Jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a los fines de la práctica de la medida de amparo a la posesión decretada por el tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre; sobre un lote de terreno ubicado en el lugar donde el Tribunal se encuentra constituido; cuya superficie es de 15 Hectareas con Siete Mil Novecientos Metros cuadrados (15 hec con 7.900 M “) y se encuentra alinderado así: Norte: Parcelas ocupadas por los ciudadanos: Luis Bertoncini y gustavo Bertoncini; Sur: Terrenos del Instituto Nacional de Tierras; Este: Terrenos del Instituto Nacional de Tierras; y Oeste: terrenos del Instituto Nacional de Tierras; los principales punto de las coordenadas UTM son los siguientes: PI: 1175133; N: 473887- P10: 1174754.- E: 174113.- P20: N: 1174972.- E: 474395.- P29: N: 1175133.- E: 473932.- Acto seguido y constituido como se encuentra el Tribunal en el sitio señalado notifica de su misión a la ciudadana: Nellys del Carmen Bertoncini de Zapata, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.872.812; quien manifiesta ser copropietaria del terreno objeto de la presente medida y a tal efecto exhibió copia fotostatica de declaración de Unicos y Universales herederos expedida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre; y que acudiran por ante el Tribunal comitente para demostrar el derecho de propiedad que sobre este inmueble tienen tanto ella como los demás copropietarios.- No obstante el Tribunal le concede un lapso de treinta (30) minutos para que se comunique con el demandado y/o con un abogado de su confianza, a fin de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49, en concordancia con el 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Vencido el lapso concedido y por cuanto no existe impedimento para llevar a cabo la práctica de la Medida decretada por el Juzgado comitente; el Tribunal, previa solicitud de la parte actora declara Judicialmente Amparado en la Posesión el inmueble donde se encuentra constituido, que es objeto de la presente medida y cuya ubicación, medidas, linderos y coordenadas se encuentran plenamente descritas en la presente acta.- Seguidamente el Tribunal pone en posesión del referido inmueble a la parte actora, en la persona de su apoderado judicial, Abogado Ricardo Marín ]Indriago, antes identificado; ordenando cambiar los candados que dan seguridad al portón que da acceso al inmueble; entregando las llaves de los nuevos candados al antes identificado apoderado judicial del demandante.- Acto seguido, el Secretario da lectura a la presente acta y el Tribunal hace constar que no hubo observaciones u objeciones a la misma y cumplida como ha sido su misión acuerda el regreso a su Sede Natural, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde (1:45 p.m.).- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Titular, (fdo) ilegible. Dra. Yrma Figuera de Rivera.- El Apoderado Judicial de la parte actora, (fdo) ilegible. Abg. Ricardo Marín I.- La Comisión de la Guardia Nacional, (fdo) ilegible. Ste. Useche Sandoval.- (fdo) ilegible. SM/1° Oswaldo Prado V.- (fdo) ilegible. SM/2° Acosta Faria.- (fdo) ilegible. SM/2° Neptalí Figueroa.- (fdo) ilegible. SM/2° Aguilera G. José L.- (fdo) ilegible. SM/2° Wilfredo Salazar.- (fdo) ilegible. SM/3° Argenis Itanare.- (fdo) ilegible. S/2° Aular Garrido.- (fdo) ilegible. S/a Carreño L. Anibal.- El Secretario, (fdo) ilegible. Abg. Omar Quijada Zapata.-
Otro Sí: El Tribunal deja constancia que la notificada, ciudadana: Nellys del Carmen Bertoncini Zapata, se negó a firmar la presente acta.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Titular, (fdo) ilegible. Dra. Yrma Figuera de Rivera.- El Apoderado Judicial de la parte actora, (fdo) ilegible. Abg. Ricardo Marín I.- La Comisión de la Guardia Nacional, (fdo) ilegible. Ste. Useche Sandoval.- (fdo) ilegible. SM/1° Oswaldo Prado V.- (fdo) ilegible. SM/2° Acosta Faria.- (fdo) ilegible. SM/2° Neptalí Figueroa.- (fdo) ilegible. SM/2° Aguilera G. José L.- (fdo) ilegible. SM/2° Wilfredo Salazar.- (fdo) ilegible. SM/3° Argenis Itanare.- (fdo) ilegible. S/2° Aular Garrido.- (fdo) ilegible. S/a Carreño L. Anibal.- El Secretario, (fdo) ilegible. Abg. Omar Quijada Zapata.-
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