Por todas las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud que por INSERCION DE ACTA DE DEFUNCION suscrita por la ciudadana ROCIO DEL CARMEN RODRIGUEZ ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.190.177, domiciliada en la Fundación Mendoza, cuarta transversal, quinta Ana, número D-28, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RAFAEL YABUR, inscrito en el inpreabogado bajo el número 119.261, de este domicilio. ASI SE DECIDE.