ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-000514
ASUNTO : RP01-P-2005-000514
Visto el oficio N° 1849, suscrito por el Director del Internado Judicial de esta ciudad, mediante el cual solicita cómputo actualizado y practica de evaluación Psico-Social al EUSEBIO JOSE MARTINEZ GARCÍA. Este Tribunal a efectos de decidir observa lo siguiente: Consta en autos que el penado fue sentenciado a cumplir la pena de CARTOCE (14) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de Julio Cesar Andrade, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 Ejusdem, en perjuicio del Estado Venezolano, señalándose como fecha de detención del identificado penado el 18-02-05, hasta la presente fecha 28-01-2008, tiene una pena efectivamente cumplida de DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIEZ (10) DIAS, que sumados a las dos redenciones una de fecha 28-05-07, por el.....