No obstante a ello, y como ya he indicado a los fines de mantener la igualdad de las partes y el ejercicio ordenado del derecho a la defensa y al contradictorio que corresponde a cada una de ellas sin preferencias ni desigualdades, quien aquí decide considera necesario resguardar el derecho de la otra parte de oponerse, a la admisión de las pruebas promovidas por la defensa en cuanto a su pertinencia o legalidad, y por cuanto de la revisión del presente causa se observa que el juicio Oral y Publico no se ha iniciado en el presente asunto, ya que tiene fijado Juicio Oral y Público, para el día: 09-12-2013 a las 11:00 AM, y considerando el estado procesal de la causa en donde se evidencia que es esa fecha la oportuna para que este Tribunal en el desarrollo de la misma de la oportunidad a la defensa de presentar la pertinencia y utilidad de la testimonial ofrecida así como a la otra parte pueda de exponer sus alegatos para así respetar el derecho que le asiste a ambas partes de que s.....