Con fundamento en los medios de pruebas debatidos, este tribunal Mixto de Juicio de la sección penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por UNANIMIDAD entre sus integrantes ABSUELVE al acusado adolescente OMISSIS por considerar que no hay pruebas de la participación del acusado en la comisión de los delitos de Distribución Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Porte Ilícito de Arma de Fuego, tipificado en el artículo 277 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la Colectividad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.