En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana RITA LINA DE LOS ANGELES ROJAS RAMIREZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 7.719.061, como sucesora y beneficiaria del causante JUAN CARLOS ANTONIO ROJAS, titular de la cedula de identidad No. 22.470.476, , contra INSTITUTO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (I.A.M.S.A.),
SEGUNDO : SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de TRES MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES (Bs. 3.416,00) POR PRESTACIONES SOCIALES Y la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES (Bs. 57.528,00,) por INDEMNIZACIÓN POR MU.....