En virtud de ello, este Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano RAÚL JOSÉ FERNÁNDEZ LÓPEZ, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.420.619, natural de Cumaná, nacido en fecha 02-09-1978, de profesión u oficio Operador de máquina, residenciando en la Ensenada de la Autopista Antonio José de Sucre, cerca de la llanada, cerca de VEPACA, Estado Sucre, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NAGARY JOSEFINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ; y DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN (01) AÑO, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los q.....