Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda intentada por LUIS DEL VALLE MUNDARAIN PÉREZ y PETRA MARTÍNEZ DE MUNDARAIN contra ELINA DEL VALLE SERRANO, POR LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del inmueble constituido por un local comercial, distinguido con el número cinco (N° 5), ubicado en la calle General Córdova, Segunda Transversal, entre las calles Santa Rosa y Urdaneta, Cumaná, en jurisdicción de la Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, y EL PAGO DE CÁNONES DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO.