DECISIÓN
En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana SIRA ENEIDA GUTIERREZ BOADA en su condición de representante de los mencionados hijos, contra el ciudadano RAÚL JOSE CÓRDOVA RODRIGUEZ, quien deberá depositar en la Cuenta Corriente de este Tribunal, el CATORCE COMA CINCO POR CIENTO (14,5%) del salario mínimo mensual vigente, que actualmente es la cantidad de CUATROCIENTOS CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 405.000,oo) y el VEINTE POR CIENTO (20%) como Bonificación de Fin de Año.------------------------------------------------------------
Dado que la obligación alimentaria comprende un.....