este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano LUIS EDUARDO ARTEAGA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 19331655, residenciado en la calle Peru casa S/N, Cumaná Estado Sucre, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de JOELVYS JOSE JIMENEZ CARRION, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19331655, residenciado en el caserío Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 ejusdem.