este Tribunal considera pertinente REVISAR las medidas de reglas de conducta y libertad asistida, que debía cumplir el sancionado y en su lugar sustituirla por la medida de privación de libertad por un lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 628, parágrafo 2º, literal "C" de la LOPNNA. Advierte este Tribunal una vez que cursa en las actuaciones, copia certificada de la situación jurídica, del adolescente sancionado con respecto a la causa N° RP01-D-2012-000051, se procederá a realizar el computo respectivo y se notificara a las partes; en consecuencia queda REVOCADO LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, que le fuera otorgada en fecha 28-04-2011, en la cual se revisó la sanción y modificó el contenido de la sanción que se le impuso inicialmente al sancionado XXXXXXXXXX, por su participación en los delitos de Posesión y Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, previstos en los artículos 34 y 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico .....