este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ciudadano EDWARD RAFAEL ROQUE PENOTT, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.761.926, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 01-11-89, hijo de Lisette Penott y Edgar Roque, de oficio obrero, residenciado en LOS COCOS, CALLE PRINCIPAL, FRENTE AL HOSPITAL DE LOS VETERANOS, CASA S/N°, CUMANÁ, ESTADO SUCRE; TELÉFONO 0424-852.51.58; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano ANTONIO ROJAS DE LA CRUZ (occiso), conforme lo dispone el artículo 250 del COPP. Se ordena la reclusión del imputado en la sede del Internado Judicial de Cumaná; adjunto a of.....