Por todo lo antes expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO sin lugar la demanda interpuesta por JESÚS ANTONIO LÓPEZ contra LUIS GREGORIO RAMOS AGUILAR
SEGUNDO No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.
Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el lapso para recurrir de la presente decisión será dentro de los cinco (5)días hábiles siguientes, a partir de la publicación del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a veintisiete (27) días del mes de Septiembre del año dos mil Once (20101. AÑO: 201° de l.....