este Juzgado Segundo de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 481 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo a los siguientes términos:
Primero: El penado FELIX RAMON GUTIERREZ RIVAS, ya identificado se encuentra detenido desde el 11/04/2011 tal como consta en el folio 87 pieza 1, hasta el día de hoy, 27/09/2011, para un total de pena efectivamente cumplida de CINCO (05) MESES y DIECISEIS (16) DIAS DE PRISION, faltándole por cumplir de la pena impuesta SIETE (07) AÑOS, SEIS (06) MESES Y CATORCE DIAS DE PRISION, la cual se cumplirá en fecha 11 de Abril del año 2019.
Segundo: El penado FELIX RAMON GUTIERREZ RIVAS, ya identificado puede optar a las Formulas Alternativas al Cumplimiento de Pena de:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: al cumplir la ¼ parte de la pena, es decir, Dos (02) años, en el presente caso será para la fecha 11/04/2013.
RÉGIMEN ABIERTO: al cumplir la 1/3.....