DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del ciudadano ADRIAN JOSÉ AGUILAR AGUILAR, venezolano, de veintiún (21) años de edad, nacido en fecha 06-03-85, indocumentado, hijo de Carmen Virginia Aguilar y padre sin mencionar, residenciado en la Urbanización San Martín, sector Las Delicias, casa s/n, hacia el Cerro, Carúpano, Estado Sucre; en el presente asunto seguido en su contra por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio de la ciudadana MIRLA JOSEFINA RODRÍGUEZ PACHECO, todo conforme a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.