administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de desestimiento de la prorroga requerida para presentar el acto conclusivo y ACUERDA Medidas Cautelares sustitutivas a la Privación de Libertad a los imputados MANUEL JOSE LEDESMA ROJAS, ...y JHONATAN FRANCISCO CAMPOS VALLEJO; por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Homicidio Intencional En Grado De Frustracion, previstos y sancionados en los artículo 460 y 407 en concordancia con el articulo 80 segundo aparte todos del Código Penal venezolano, en perjuicio de José Francisco Cova y Rafael Ramón Pérez Gutiérrez, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas por cada quince días y prohibición de acercamiento a la víctima y testigos.