Este Tribunal Cuarto de Control, ratifica la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta a los imputados JOSE RAFAEL COA, de 20 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.252.459, residenciado en los Super Bloques, N° 07, piso 2, apartamento 05,Cumaná, y ALEJANDRO ENRIQUE RIVERO, de 24 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.125.395, residenciado en la calle Niquitao, casa N° 28, Cumaná, contra quien la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, presentó formal acusación por la presunta comisión de los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 3 y 9 de la LEY SOBRE HURTO Y ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y artículo 219 numeral 1° del Código Penal, decisión que se toma para garantizar las finalidades del proceso.-